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6505.00.04NICO01

Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas

Texto oficial en el decreto: Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas.

Capítulo 65: Sombreros y demás tocados. Tasas verificadas el 2026-09-30. Fuente: DOF nota 5785818.

Tasas e impuestos

IGI general
35%
IGI para países sin tratado
Igual al general
IGI preferencial con tratado
Varía por tratado
IEPS
No aplica
IVA
16%
DTA
0,8%
Unidad de medida
Pieza

Permisos y regulaciones

La tarifa unificada de la Secretaría de Economía no registra regulaciones no arancelarias para esta fracción.

Programas de fomento relacionados: Zona libre de Chetumal, PROSEC (art. 4), PROSEC (art. 5)

Fuente: Tarifa de la LIGIE, versión unificada de la Secretaría de Economía (19 de diciembre de 2024), columna de regulaciones y programas; revisamos las modificaciones al Acuerdo de Reglas publicadas en el DOF hasta el 30 de septiembre de 2026.

Calculadora de impuestos

Valor en aduana
—
IGI
—
DTA
—
IEPS
—
IVA
—
Prevalidación (con IVA)
—
Total de impuestos
—
Costo puesto en México
—
Tasa efectiva sobre el valor en aduana
—

Estimación. No incluye honorarios del agente aduanal, almacenaje ni fletes nacionales. Los montos reales se redondean en el pedimento.

Ejemplo por cada 1,000 de valor en aduana

IGI
$350.00
DTA
$8.00
IEPS
$0.00
IVA
$217.28
Total de impuestos
$575.28

Preguntas frecuentes

¿Qué arancel paga la fracción 6505.00.04-01?

El IGI general es 35%. Si la mercancía viene de un país sin tratado comercial con México, la tasa es igual al general.

¿Qué permisos necesito para importar sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas?

La tarifa unificada de la Secretaría de Economía no registra regulaciones no arancelarias para esta fracción. Es información de referencia, no asesoría legal; confírmalo con un agente aduanal.

¿Cuánto pago de impuestos en total por importar sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil, en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas?

Con la tasa general, por cada 1,000 pesos de valor en aduana pagas alrededor de $575.28 en impuestos (IGI, DTA, IEPS e IVA), sin contar la prevalidación ni honorarios.